Después de leer y releer, de discutir y asistir a foros sobre la Resolución DM/058, que apareció en la Gaceta Oficial N° 40.029, planteo los siguientes apuntes, retomando un tema importante (sobre el tapete desde finales de 2012) que hoy reluce tímidamente entre un mar de informaciones destellantes, las cuales, día tras día, nos deslumbran y ocupan.
1. Criterio
político. Lo primero que podemos
evidenciar, al leer la Resolución, es el criterio político predominante (la
educación es vista desde un enfoque político, en vez de pedagógico). Entiendo que la educación es un hecho profundamente político, pero no necesariamente su “enfoque” debe serlo (menos con los peligros que representa el partidismo venezolano). La comunidad, por su parte, es entendida como el centro del quehacer educativo y las decisiones,
referentes a todo lo vinculado a la educación, dependerán de discusiones
propias del asambleísmo, en la cual todos tienen un voto. Es decir, el mérito,
la formación, las especializaciones, son dejadas de lado: tanto vale la opinión
del Director o Directora (profesionales con post-grados –el deber ser–), que la de un estudiante de Primer Grado, por
ejemplo y sin menospreciarlo. Sí, así es, porque la Asamblea, al igual que el Consejo Educativo,
será conformada por “los responsables y corresponsables” del proceso educativo (los estudiantes, entre otros, lo son),
en el cual cada integrante tendrá sólo un voto.
Otras impresiones: el profesor Leonardo Carvajal ha
ejemplificado lo absurdo de este aspecto con comparaciones bastante gráficas, que
parafrasearé en forma de cuestionamientos: ¿Acaso en un avión, a la hora de
enfrentar turbulencias o problemas técnicos, se debe hacer una asamblea entre
los pilotos, azafatas y cada uno de los pasajeros para decidir qué hacer? ¿Esta
idea de “democratizar” la educación puede instaurarse también en las Fuerzas
Armadas? ¿El Ejecutivo Nacional puede ser parte de la Asamblea Nacional y tener
sólo un voto frente a cualquier decisión o tema (es decir, tal como los
Directores en las Instituciones Educativas, según esta Resolución)?
2. Los
comités. Debo decir que no me
desagradó la creación de estos comités; pero me llamó poderosamente la atención
la no-sugerencia de un Comité de Docentes. Existe un “Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables” (conformado
por los mencionados y por colectivos sociales de la comunidad); otro “de Estudiantes”, integrado sólo por alumnos;
pero no se prevé un Comité de Docentes, tan sólo aparece un “Comité Académico” conformado por el “Colectivo
de Formación e Investigación Permanente, estudiantes, trabajadoras y
trabajadores administrativos, directivas, directivos, docentes, obreras y
obreros” (Artículo 4). Es decir, no es un comité de académicos exclusivamente. Y, en definitiva, al ver la conformación
planteada, no puedo dejar de preguntarme por qué se excluyen a los Padres y
Representantes en este último.
Podrían alegar que la Resolución deja abierta la
posibilidad de crear más Comités, entre los cuales podría aparecer el de
Docentes; ¡pero que esto dependa de la voluntad de cada Institución y que no
haya sido previsto como uno de los fundamentales, parece una falta de respeto!
Dudas finales: ¿Por qué un “Comité Académico” tan variopinto? ¿Por qué no ocurre lo mismo en los “Comités de Padres”y “de Estudiantes”?
3.
Zonificación e interacción con las comunidades. Muchas
Instituciones son conformadas por integrantes que no habitan en el Municipio en
el que se establece el Colegio (en algunos casos, números notables). Una de
las ideas predominantes, de la Resolución, es hacer que la comunidad y las
Instituciones Educativas interactúen más (lo cual me parece importante); pero
la realidad, de muchos Centros Educativos, hace difícil que esto se consolide
plenamente o que sea exitoso en cada plantel.
Ahora bien, más allá de la consideración previa (sobre
el problema vinculado a la Zonificación), sí considero importante que la
comunidad contribuya e interactúe con cada Centro Educativo. Igualmente, que
los Colegios se sumen a algunos proyectos comunitarios. Pero no estoy de acuerdo con que
entes externos tomen decisiones sobre el funcionamiento de las Escuelas. Una
cosa es el trabajo en conjunto, la interacción, la contribución bidireccional;
otra, muy distinta, es la planteada por la Resolución, en la cual una “Organización Comunitaria” participa directamente en la toma de decisiones dentro
de cada Centro Educativo.
4. El
¿cómo? Después de las lecturas,
sigo teniendo la gran duda inicial: ¿Cómo se logrará esto plenamente? Por
ejemplo, ¿cuándo se llevarán a cabo las reuniones de los Comités? ¿Qué tan
frecuentes serán? ¿Cuánto tiempo deberá dedicársele al cumplimiento de las
funciones intrínsecas? Un docente promedio, por ejemplo, tiende a trabajar en –por
lo menos– dos instituciones para medio-subsistir,
lo que limita notablemente su tiempo y, por consiguiente, su posible
participación en este tipo de iniciativas, aparentemente tan exigentes. Me
cuesta, en definitiva, divisar el cumplimiento estricto [1] de lo planteado en la
058 y el desarrollo armonioso de las Asambleas Trimestrales.
5. ¿En qué
mejora? Si uno se detiene a pensar
en las necesidades propias de la Educación Venezolana y en los defectos de
nuestro Sistema, es inevitable preguntarse ¿en qué, fundamentalmente, mejora
esta Resolución los problemas educativos del país? Quizá, si depuráramos y
corrigiéramos algunos aspectos de esta Resolución, podríamos sacarle provecho y evitar el enredo que promueve; pero, antes de esto, considero
necesaria la solución de muchos problemas de base, a través de medidas que permitan la reivindicación
laboral-remunerativa del docente, la creación de un currículo general apegado a las necesidades de la
contemporaneidad venezolana (desarrollado
por conocedores del tema y ampliamente discutido), y que se eviten las
improvisaciones y la aberrante burocratización.
[Escrito a mediados de 2013]
Por Manuel
Ferreira Cid
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