Foto por @ErwinLopezCcs |
Una
de las últimas Circulares (N° 006696), firmada por la ahora ex ministra Maryann
Hanson, pone de manifiesto cómo se está manejando la educación en el país. Este
documento regula “de manera transitoria las evaluaciones de las áreas
pendientes”. Lo primero que llama la atención es que se habla de “áreas
pendientes”, pero el texto parece referirse a los resultados evaluativos de las
distintas asignaturas (entendidas individualmente).
Posteriormente, la Circular explica su punto clave:
(P.2.
Circular 006696)
Este
párrafo, que parece condensar el verdadero aporte del documento, también se
encarga de generar las inquietudes y los nuevos dolores de cabeza. En primer
lugar, esta cita nos habla de la Circular 000004 que norma el Artículo 112 de
la Ley Orgánica de Educación. Recordemos que, básicamente, tanto dicha
Circular, como el Artículo 112, hablan de la aplicación de una segunda forma
evaluativa cuando el 30% de los estudiantes aplazan una evaluación parcial,
final de lapso o revisión; pero, llamativamente, el nuevo documento ya no habla
de las evaluaciones durante los lapsos, sino del promedio final por asignatura
en cada trimestre. El estudiante que aplace, por ejemplo, una materia, debe (no se habla de “interesados”, como
lo hace la ley) presentar una nueva forma de evaluación conformada por tres
actividades y, de mantenerse aplazado, repetir el procedimiento. Ahora bien, si
el estudiante –lamentablemente– aplaza tres o cuatro materias, calculen cuántas
actividades debe presentar mientras, además, el lapso subsiguiente sigue su
curso (con sus clases y evaluaciones pautadas).
Los
colegios –que fueron informados– empezaron este proceso que se tradujo en la
aplicación de muchas actividades, abarrotando a los estudiantes que aplazaron
materias (en especial a quienes reprobaron varias), y evitando que se cerrara
el Primer Lapso en un tiempo prudente. Como si esto fuera poco, mientras las
instituciones y los docentes se adecuaban al cambio, apareció un
Instructivo que, lejos de aclarar el panorama, lo enturbió aún más. Llamado
a regular la aplicación de la nueva Circular, el Instructivo más bien parece
hablar de otros aspectos y hasta contradecir lo mencionado en ella. Cito la
primera instrucción:
Como
podemos notar, este texto ya no habla de los resultados al final de cada lapso,
sino de cualquier evaluación durante el desarrollo de cada trimestre. Entonces,
debemos preguntarnos: ¿Lo afirmado en este párrafo deja sin efecto lo indicado
por la Circular o simplemente agrega un nuevo aspecto? De ser la segunda
opción, ¿cuántas actividades deben aplicarse, las mismas tres o sólo una? ¿Qué
ocurre con lo estipulado por el Art. 112 de la LOE (aún vigente), en lo
referente al 30% de aplazados? Estas preguntas deberían responderse por sí
solas, pero no es el caso, y cuando las autoridades pertinentes fueron
cuestionadas al respecto, se limitaron a expresar respuestas como “ya no se
toma en cuenta el 30%” (insisto: la Ley sigue vigente). Lo que sí queda claro,
después de todo esto, es que la improvisación y las arbitrariedades de los
funcionarios menores terminan rigiendo nuestra educación.
Lamentablemente
esta situación redunda en un nuevo golpe a la educación, perjudicando a los
estudiantes y, no menos importante, a los docentes, quienes se desgastan
preparando actividades, corrigiendo o terminan bajando los brazos, dándole la espalda a la educación de calidad y aprobando
a quien no haya logrado las competencias. Debemos preguntarnos: ¿Cuál es el
objetivo de estas nuevas medidas? ¿Qué pasará, con ellas, ahora que el
Ministerio tiene una nueva cabeza? No
me atrevo a especular al respecto. Lo que sí luce evidente es que quienes han
escrito estos textos no parecen darle mucha importancia a la calidad de la
educación, ni ejercerla en un salón de clases. De hecho, la introducción del
mencionado Instructivo (que manifiesta notables errores de redacción) habla
principalmente de garantizar “el ingreso, permanencia y prosecución de
estudios”; el problema, diría yo, es cómo se logra esa “prosecución”. Estas
nuevas medidas, aunque hablan de superación pedagógica, insisten más en la
aplicación de una elevada cantidad de instrumentos evaluativos, que en el
proceso de aprendizaje propiamente.
Algunos
docentes han mencionado que el espíritu, de estas regulaciones, se debe a un
objetivo claro: evitar la deserción (sustentándose, asumo, en la introducción
del Instructivo). Yo creo que las razones de la deserción escolar van más allá
de los resultados académicos; sin embargo, si esto fuera cierto, llama la
atención la irregularidad a la hora de aplicar estas medidas en los colegios públicos. Estos
últimos son los que más sufren al respecto; pero al hablar con cuatro
colegas, quienes trabajan en distintas instituciones estatales de Caracas, me
señalaron que estos documentos “no han llegado” y que, cuando lleguen, “haremos
como siempre: aplicamos lo que sirva y desechamos lo demás”.
Mucho
queda por reflexionar, muchas incógnitas seguirán naciendo. No faltará quien
señale que el objetivo del educador es que sus alumnos “pasen”. Yo creo que, en
efecto, esto es cierto, siempre que haya una correlación entre “pasar” y
“aprender”. El objetivo de los educadores es que sus estudiantes se formen
integralmente, como ciudadanos de bien, capaces de entender que, con esfuerzo,
las metas se pueden lograr.
“La educación,
sobre todo, ha sufrido grandes estragos.
Tiende a
colectivizarse, a volverse mecánica, a transformarse en un actividad sin alma”
Rafael
Cadenas
Por Manuel Ferreira Cid
Publicado originalmente en el portal Hoja Blanca
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